Como Sacar El Estatuto Temporal De Protección Para Migrantes Venezolanos
Tomas Balasco
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Primer año del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes: ¿Cuáles son los principales avances y los retos pendientes en Colombia? – Primer año del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes: ¿Cuáles son los principales avances y los retos pendientes en Colombia? El Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos acaba de celebrar su primer aniversario. Y como ocurre a veces con algunos cumpleaños, estos son buenas ocasiones para hacer un balance, reflexionar sobre el camino ya recorrido y preguntarse qué es lo que nos espera en los años a venir.
R ecomendado: No todo lo que brilla es oro. El Estatuto Temporal de Protección es la medida de regularización migratoria adoptada en marzo de 2021 e implementada a finales de abril de 2021, en beneficio exclusivo de los nacionales venezolanos en Colombia, que, sin lugar a duda, ha marcado un antes y un después en la política migratoria del Estado colombiano.
Contents
- 1 ¿Cómo hacer para sacar el PPT?
- 2 ¿Cómo sacar el permiso temporal?
- 3 ¿Cómo acelerar el proceso del PPT en Colombia?
- 4 ¿Qué pasa si salgo de Colombia y tengo PPT?
- 5 ¿Cómo sacar el nuevo permiso para los venezolanos en Colombia?
- 6 ¿Qué beneficios hay para los venezolanos en Colombia?
- 7 ¿Cómo sacar el permiso de trabajo en Colombia si soy venezolano?
Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos
A través del Estatuto se quiso otorgar a los nacionales venezolanos que cumplieran con ciertos requisitos documentales y relativos a su forma y momento de ingreso al país, un permiso de duración de diez años, llamado permiso por protección temporal. Para obtener este permiso, se requiere a cada nacional venezolano ingresar sus datos al Registro Único para Migrantes Venezolanos, realizar una encuesta socioeconómica de forma virtual, adelantar un registro biométrico de forma presencial y esperar por la expedición del permiso por protección temporal, de finalizarse de forma exitosa este recorrido.
De los 6,1 millones de nacionales venezolanos que se estima han salido de Venezuela, 5 millones se encuentran en países de América Latina y el Caribe y, de estos, alrededor de 2 millones en Colombia, siendo este el país de destino del mayor número de nacionales venezolanos a nivel global. Por su lado, los datos de los cuales disponemos sobre los avances del Estatuto, muestran que a junio de 2022, 1.224.000 permisos han sido aprobados, 1.792.000 personas de nacionalidad venezolana han finalizado el registro biométrico y 2.381.000 migrantes ya ingresaron sus datos en el Registro Único para Migrantes Venezolanos.
También, ya se habían entregado 1 millón de permisos por protección temporal para esta fecha. El permiso pretende cumplir con varios objetivos al tiempo: identificar a la persona migrante en el territorio nacional, regularizar su situación migratoria, permitirle ejercer cualquier actividad u ocupación legal en el país, convalidar sus títulos profesionales, acceder a servicios financieros, al Sistema de Seguridad Social en Salud y a educación en todos los niveles, así como a los servicios del Servicio Nacional de Aprendizaje.
Además, contribuye a las autoridades del Estado a contar con más y mejores datos sobre la población migrante de nacionalidad venezolana presente en el territorio. Finalmente, el Estatuto nos deja abandonar la visión de breve plazo y temporal que insistíamos en asociar a la migración de personas provenientes de Venezuela para abrazar una perspectiva de largo plazo, enfocada en la inclusión de esta población en sus comunidades de acogida.
Tan altas son las expectativas sobre esta medida, que el día del anuncio de su adopción en 2021, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados definió el Estatuto como “un gesto humanitario emblemático para la región () inclusive para el mundo entero”.
¿Cómo hacer para sacar el PPT?
Solo se requieren tres datos – El nuevo certificado se puede descargar de la página web www.migracioncolombia.gov.co, botón Validación PPT, único medio legal para obtenerlo. Los usuarios y usuarias solo deberán diligenciar un sencillo formulario en línea con los siguientes tres datos: – Número de RUMV (Registro Único de Migrantes Venezolanos) – Número del documento de identidad con el que realizó el registro – Fecha de nacimiento Posteriormente, les aparecerá que su documento está en proceso y les habilitará la opción de descargar el certificado.
¿Cómo solicitar el PPT en Colombia 2023?
Las personas interesadas solo deben ingresar a www.migracioncolombia.gov.co, botón ‘Aún estás a tiempo’ y hacer clic en la opción ‘Recoge’. Allí podrán consultar la lista de PPT listos para recoger y el lugar donde pueden hacerlo (departamento, municipio y dirección).
¿Cómo sacar el permiso temporal?
¿Cuáles son los requisitos para obtener el Permiso por Protección Temporal? – No tener antecedentes, anotaciones ni procesos administrativos o judiciales en curso. – No tener en curso investigaciones administrativas migratorias. – No tener en su contra medidas de expulsión, deportación o sanción económica vigente.
¿Cómo acelerar el proceso del PPT en Colombia?
Conozca el aplicativo para que los niños accedan más rápido al Estatuto La herramienta está pensada para los menores que necesitan celeridad en el documento por cuestiones de estudios.
Por medio de un nuevo aplicativo instalado en la página web de Migración Colombia, desde ya, pueden agilizar la entrega del Permiso por Protección Temporal (PPT) de los niños, niñas y adolescentes venezolanos que lo requieran más pronto para poder graduarse o darle continuidad a sus estudios. Una vez ingresas al enlace de visibles te encuentras a tu mano derecha el módulo “1, 2, 3 por Mí” (). Esta herramienta tecnológica te solicita la recopilación de la información del menor de edad que ya ha cumplido cada una de las etapas anteriores del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV)Lo anterior quiere decir, que para optar por este aplicativo ya el niño, niña o adolescente debe haber cumplido con el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) y el Registro Biométrico.En el aplicativo como padre, madre o responsable del menor deben diligenciar un formulario en línea, a través del cual suministras información como los datos básicos del niño, su número de registro RUMV, la institución educativa en la que se encuentra y el año que está cursando, entre otros.
Además, el padre o responsable del niño, niña o adolescente, debe adjuntar una fotografía en tamaño 3×4 en fondo blanco, el certificado de notas o estudios del menor, así como una copia del documento de identificación y de la constancia del RUMV del niño que necesita obtener su PPT.
“Al día de hoy, ya hemos otorgado más de 43 mil Permisos por Protección Temporal a niños y niñas venezolanas menores de 7 años. Tenemos ya revisados más de 102 mil, pero debemos lograr que el resto de los menores, cerca de 300 mil, se unan y hagan parte del Estatuto. Un compromiso no solo de Migración Colombia, sino también de los padres o responsables de estos niños, que tienen, gracias al Estatuto, la oportunidad de continuar construyendo su futuro en Colombia”, afirmó Juan Francisco Espinosa, director de Migración Colombia.
El jefe de la autoridad migratoria colombiana recalcó que para que el menor pueda obtener su Permiso por Protección Temporal es necesario que haya cumplido con cada una de las etapas que hacen parte del Estatuto Temporal de Protección – Visibles. Esto quiere decir, que estén inscritos en el RUMV, hayan diligenciado su encuesta de caracterización socioeconómica y en el caso de los niños mayores de 7 años, hayan realizado su Registro Biométrico.
¿Cuánto tiempo puedo estar fuera de Colombia con el PPT?
Una vez recibas el PPT puedes circular libremente por el territorio colombiano e ingresar y salir del país, sin superar 180 días fuera de territorio colombiano. ¿Podría ser deportado cuando presente mi solicitud, si mi entrada al territorio colombiano fue regular y superé los días que podía estar en el territorio?
¿Qué pasa si salgo de Colombia y tengo PPT?
Viajar al exterior: El PPT no es un documento válido para salir de Colombia. Quien desee viajar al exterior debe presentar pasaporte y visa (para aquellos países que exigen este documento a los venezolanos) y demás requisitos que apliquen.
¿Cómo sacar el nuevo permiso para los venezolanos en Colombia?
La Administración Municipal informa a la comunidad que, desde el miércoles 29 de enero y hasta el 29 de mayo del presente año, los venezolanos migrantes, podrán tramitar su Permiso Especial de Permanencia (PEP). Es de resaltar que el PEP estará habilitado para los migrantes que ingresaron a Colombia hasta el día 29 de noviembre, sellando su pasaporte por migración Colombia.
Ser venezolano. Estar en Colombia antes del 29 de noviembre de 2019. Haber ingresado a Colombia sellando su pasaporte. No tener antecedentes judiciales. No tener una medida de expulsión o deportación vigente. Estar viviendo en Colombia.
Para ello, los ciudadanos interesados deberán ingresar a la página web www.migracioncolombia.gov.co y en la sección “Venezuela” diligenciar el formulario que aparece en la opción PEP, con su fecha de nacimiento, el tipo de documento y su respectivo número.
La Personera Municipal (E) de Girardota Mónica Castrillón, invita a la población migrante venezolana para que no se deje estafar ante el trámite del Permiso Especial de Permanencia, debido a que dicho procedimiento es gratuito. En caso de requerir asesoría se pueden acercar a la Personería Municipal, ubicada en el tercer piso del Palacio Municipal.
Oficina de Comunicaciones Alcaldía de Girardota
¿Qué es el check MIG en Colombia?
CheckMig permite a los viajeros, nacionales y extranjeros que pretendan ingresar o salir de Colombia, precargar toda la información relacionada de su viaje.
¿Qué es el TPS para los colombianos?
El Secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) puede designar un país extranjero al Estatus de Protección Temporal (TPS) debido a condiciones en dicho país que impiden a los ciudadanos del país regresar a su país temporalmente de manera segura.
- Conflicto armado en curso (tal como una guerra civil)
- Un desastre natural (tal como un terremoto o huracán) o una epidemia
- Otras condiciones extraordinarias y de carácter temporal.
Durante el periodo designado, las personas que son beneficiarias de TPS o que han resultado elegibles de forma preliminar al TPS durante la revisión inicial de sus casos (elegibles prima facie, o elegibles de primera intención):
- No serán removidos de Estados Unidos
- Pueden obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD)
- Pueden obtener una autorización de viaje.
Una vez se le conceda TPS, una persona tampoco podrá ser detenida por DHS debido a su estatus migratorio en Estados Unidos. TPS es un beneficio temporal que no conduce al estatus de residente permanente legal ni confiere ningún otro estatus migratorio. Sin embargo, registrarse al TPS no le impide:
- Solicitar estatus de No Inmigrante
- Presentar una Solicitud de Ajuste de Estatus basada en una petición de inmigrante
- Solicitar cualquier otro beneficio migratorio o protección para el que usted podría ser elegible.
Por favor, tenga en cuenta que para obtener cualquier otro beneficio migratorio usted tiene cumplir todos los requisitos de elegibilidad para dicho beneficio en particular. Una solicitud al TPS no afecta una solicitud de asilo o cualquier otro beneficio migratorio, o viceversa.
- Ser un ciudadano de un país designado al TPS, o una persona sin nacionalidad cuya última residencia habitual fue en el país designado
- Presentar la solicitud durante el periodo inicial de inscripción o reinscripción, o cumple con los requisitos de presentación de solicitud tardía durante cualquier extensión de la designación de su país al TPS. (Las personas que solicitan por primera vez y se inscriben de forma tardía deben ver a continuación la sección ‘Presentación de Solicitud Tardía)
- Haber estado presente físicamente de forma continua (CPP) en Estados Unidos desde la fecha de efectividad de la fecha de designación más reciente de su país
- Haber residido continuamente (CR) en Estados Unidos desde la fecha especificada para su país (vea la página web de TPS correspondiente a su país). La ley permite una excepción al requisito de presencia física continua y al de residencia continua, para salidas cortas, casuales e inocentes fuera de Estados Unidos. Cuando usted solicita o se reinscribe a TPS, debe informar a USCIS de todas sus ausencias de Estados Unidos desde las fechas de CPP y CR. USCIS determinará si la excepción corresponde en su caso.
Usted NO será elegible al TPS o para mantener su TPS actual si:
- Ha sido condenado por algún delito o dos o más delitos menores cometidos en Estados Unidos
- Es encontrado inadmisible como inmigrante bajo las causales correspondientes en la sección 212(a) de INA, incluyendo las causales criminales o relacionadas a la seguridad para las cuales no existe exención
- Está sujeto a cualquiera de los impedimentos reglamentarios para asilo. Estos incluyen, pero no están limitados a, participar en la persecución de otra persona o incurrir o iniciar actividad terrorista
- No cumplir con los requisitos de presencia física continua o residencia continua en Estados Unidos; o
- Si se le concede TPS, no reinscribirse al TPS según se le requiere, sin tener causa justificada para ello.
Cuando presente su solicitud de TPS, debe incluir todos los formularios necesarios, evidencia y tarifas o exención de tarifas. Más adelante en esta página encontrará información sobre qué debe incluir en su paquete de solicitud de TPS. Verifique también la página web de TPS de su país en particular, para confirmar si hay algunas instrucciones de presentación especiales que sean específicas para su país.
- Formularios Para inscribirse o reinscribirse al TPS debe presentar el Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal,
- Los nacionales elegibles de ciertos países, o personas sin nacionalidad cuya última residencia oficial fue en uno de esos países, ahora pueden presentar el Formulario I-821 en línea.
Todos solicitantes elegibles para presentar para el TPS en línea bajo una de las designaciones actuales podrán presentar el Formulario I-821 en línea. Cuando vaya a presentar la solicitud inicial de TPS o a reinscribirse en TPS, también puede solicitar un documento de autorización de empleo (EAD) mediante presentación del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, completado, en el momento que presenta el Formulario I-821.
También puede presentar el Formulario I-765 por separado en una fecha posterior. Presentar el Formulario I-821 junto con el Formulario I-765 podría ayudarle a recibir su EAD más pronto si es elegible. También puede presentar el Formulario I-765 en línea si los va a presentar concurrentemente con el Formulario I-821 en línea.
Si al momento de presentar su solicitud usted está consciente de que cierta causal de inadmisibilidad le aplica a usted y necesita una exención para obtener TPS, por favor incluya el Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad, y la tarifa o solicitud de exención de tarifa junto con su paquete de solicitud de TPS.
Sin embargo, no necesita presentar un nuevo Formulario I-601 por un incidente sobre el que USCIS ya hizo una exención con una solicitud previa de TPS. USCIS podría otorgarle una exención para ciertas causales de inadmisibilidad por propósitos humanitarios, para asegurar la unidad familiar, o cuando es de interés público.
Los formularios son gratuitos y están disponibles en la sección de Formularios en nuestro sitio web www.uscis.gov/es/formularios, Evidencia Cuando presente una solicitud inicial de TPS, debe presentar:
- Evidencia de Identidad y Nacionalidad: para demostrar su identidad y que usted es un nacional de un país designado a TPS (o que usted no tiene nacionalidad y su última residencia habitual fue en un país designado a TPS)
- Evidencia de Fecha de Entrada: para demostrar cuándo usted entró a Estados Unidos.
- Evidencia de Residencia Continua (CR): para demostrar que usted ha estado viviendo en Estados Unidos desde la fecha de residencia continua especificada para su país
Cualquier documento que no esté en inglés debe ir acompañado de su traducción completa al inglés. El traductor debe certificar que:
- Es competente (domina) tanto en inglés como en el idioma utilizado en el documento original; y
- La traducción es verdadera y correcta según su mejor capacidad, conocimiento y opinión.
Evidencia de Identidad y Nacionalidad Le recomendamos que envíe evidencia primaria, si la tiene disponible. Si USCIS determina que los documentos que usted envió no son suficientes, le enviaremos una solicitud de evidencia adicional. Si no puede presentar evidencia primaria de su identidad y nacionalidad, debe enviar junto con su solicitud evidencia secundaria según se describe en la lista a continuación.
Evidencia primaria |
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No tiene evidencia primaria | Si no tiene ninguna de las evidencias primarias mencionadas anteriormente, debe presentar una declaración jurada con:
USCIS podría entrevistarlo acerca de su identidad y nacionalidad, y entonces usted también podría presentar evidencia de su nacionalidad e identidad, si la tiene disponible. |
Evidencia secundaria |
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Usted también puede proveer cualquier otro documento o información que usted entienda será de ayuda para demostrar su nacionalidad. Por favor, tenga en cuenta que el nacimiento en un país designado al TPS no siempre significa que usted es un nacional de dicho país. Para más información, por favor vea las leyes de nacionalidad de su país designado al TPS. Evidencia de Fecha de Entrada
- Copia de su pasaporte
- Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida; o
- Copias de los documentos especificados en la sección ‘Evidencia de Residencia Continua’ que está a continuación.
Evidencia de Residencia Continua
- Registros de empleo
- Recibos de renta, facturas de utilidades, recibos o cartas de empresas
- Registros escolares de las escuelas en Estados Unidos a las que han asistido usted o sus hijos
- Registros de hospital o registros médicos relacionadas al tratamiento u hospitalización de usted o sus hijos
- Declaraciones de oficiales de su iglesia, unión u otra organización, que le conozcan y conozcan donde vive.
Por favor, vea las instrucciones del Formulario I-821 para más detalles sobre la evidencia que podría ser aceptada. Tarifas de Presentación Hay una tarifa de presentación para el Formulario I-821 si va a inscribirse por primera vez en TPS. No hay tarifa de presentación para el Formulario I-821 para reinscribirse en TPS.
- Su edad
- Si usted quiere un EAD; y
- Si usted necesita solicitar por casuales de inadmisibilidad.
Por favor, lea cuidadosamente las instrucciones del formulario antes de s presentar su solicitud. Lea las secciones Tarifas de Presentación e Instrucciones Especiales en la página web del Formulario I-821, Esas secciones explican cuáles tarifas debe pagar.
Consulte la tabla que está bajo Instrucciones Especiales para obtener información acerca de las tarifas. Si no paga las tarifas correctas (o presenta una solicitud apropiada de exención de tarifa), rechazaremos su solicitud. Exención de Tarifas Si no puede asumir los costos asociados con la presentación del formulario, asegúrese de incluir junto con su solicitud una solicitud de exención de tarifas, utilizando el Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas (o una solicitud a manuscrito).
Para más información acerca de las Solicitudes de Exención de Tarifas, visite la página web del Formulario I-912 e Información adicional sobre Cómo Presentar una Exención de Tarifas, Si usted está presentando una solicitud inicial y USCIS le deniega su solicitud de exención de tarifas en o antes de la fecha límite de reinscripción, tendrá que apresurarse y volver a presentar su solicitud y pagar la tarifa correcta antes de la fecha límite de inscripción o dentro de los 45 días a partir de la fecha de notificación d denegación de la exención de tarifas, lo que sea más tarde.
Si usted va a presentar una solicitud de reinscripción y USCIS le deniega su solicitud de exención de tarifa en o antes de la fecha límite, le recomendamos que vuelva a presentar la solicitud y pague la tarifa correcta antes de la fecha límite de reinscripción. Si todavía no puede presentar la solicitud antes de la fecha límite de reinscripción, aún puede volver a presentar su solicitud luego de la fecha límite y su solicitud será evaluada bajo causa justa de reinscripción tardía.
Para información acerca de cuándo y dónde debe presentar su solicitud de TPS, por favor consulte las páginas individuales de cada país. Primer paso: Presente su petición Una vez haya preparado su paquete de solicitud de TPS con los formularios, la evidencia y las tarifas de presentación (o solicitud de exención de tarifas), tendrá que enviarlo a la dirección indicada en la página de TPS para su país.
Por favor, asegúrese de firmar su solicitud e incluir la cantidad correcta de tarifa (o la solicitud de exención de tarifas). Estos son dos de los errores más comunes que USCIS recibe en las solicitudes de TPS. Por favor fíjese en la tabla de tarifas para identificar cuáles son las tarifas que debe pagar (o debe enviar una solicitud de exención debidamente documentada).
Si no paga las tarifas apropiadas (o envía una solicitud de exención de tarifas), su solicitud podría ser denegada. Segundo paso: USCIS recibe su solicitud Cuando USCIS recibe su solicitud, la revisaremos para determinar si está completa y tiene las tarifas correctas o una solicitud de exención de tarifas debidamente documentada.
Si su caso cumple con los criterios básicos de aceptación, entraremos su solicitud en nuestro sistema y le enviaremos un acuse de recibo. En la parte superior de dicho acuse de recibo encontrará un número de recibo, que podrá utilizar para verificar en línea el estatus de su caso, Si no recibe su acuse de recibo dentro de tres semanas de haber presentado su solicitud, puede llamar a nuestro Centro de Contacto de USCIS al 800-375-5283 para solicitud asistencia.
Si su solicitud es rechazada durante la etapa inicial de revisión, puede volver a presentar la misma dentro del periodo de reingreso, luego de corregir los problemas descritos en la notificación de USCIS. Si su solicitud fue rechazada porque determinamos que no es elegible para una exención de tarifas, debe presentar un nuevo paquete de solicitud de TPS.
Vea la sección ‘Exención de Tarifas’ para más información. Tercer paso: USCIS se comunicará con usted Si USCIS necesita tomarle su fotografía, firma y/o huellas dactilares (llamados datos biométricos), le enviaremos una notificación de cita para tomarle sus datos biométricos en un Centro de Asistencia en Solicitudes ( ASC ).
Se le tomarán los datos biométricos a todo solicitante de TPS de 14 años de edad o más. Los datos biométricos son requeridos para corroborar identidad, realizar verificación de antecedentes y generar un EAD, si ha sido solicitado. En ciertas situaciones, tales como cuando es imposible tomar una huella dactilar, USCIS podría eximir la toma de datos biométricos.
- En algunos casos, podríamos reusar datos biométricos que se le hayan tomado previamente para una solicitud de TPS anterior.
- Aún si no tiene que comparecer a una cita en un ASC, tendrá que pagar la tarifa de datos biométricos (si se le requiere) para ayudar a cubrir los costos asociados con la reutilización de sus datos biométricos.
Cuarto paso: Vaya a un ASC Cuando comparezca a su cita en un ASC, debe llevar:
- Evidencia de su nacionalidad e identidad que tenga una fotografía suya, tal como un pasaporte
- Su acuse de recibo
- Su notificación de cita en el ASC
- Su EAD vigente, si ya tiene uno.
Si no puede asistir a su cita programada, puede reprogramarla. Para ello, saque una copia de su notificación y guárdela para sus archivos, luego envíe la notificación original junto con su solicitud de reprogramación de cita a la dirección del ASC que aparece en la notificación.
- Debe presentar su solicitud de reprogramación tan pronto conozca que tiene un conflicto inevitable en la fecha programada para su cita en el ASC.
- Se le enviará por correo una nueva notificación de cita.
- Por favor, tenga en cuenta que la reprogramación de una cita para toma de datos biométricos podría causar que se retrase la adjudicación de su caso.
Si necesita un acomodo razonable por motivo de una discapacidad que le afecta su habilidad para asistir al ASC, por favor consulte la página web Solicitar Acomodo Razonable por Discapacidad para más información. ADVERTENCIA: Si usted no comparece a su cita en el ASC sin haber reprogramado la misma, o si usted pierde sus citas en el ASC en repetidas ocasiones, su solicitud de TPS podría ser denegada por abandono.
- Si hay una necesidad de que usted viaje al extranjero en carácter de emergencia por razones humanitarias, puede solicitar el trámite acelerado de su solicitud de Permiso Adelantado de Viaje (Formulario I-131), luego de haber comparecido a un ASC para la toma de datos biométricos.
- Para más información, vea la sección de Viajes, que aparece a continuación.
Quinto paso: USCIS determina su Autorización de Empleo Si usted no interesa obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD), pase al Sexto Paso.
Si usted | Entonces |
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Está solicitando TPS por primera vez e interesa un EAD | Antes de tomar una decisión final sobre su solicitud de TPS, USCIS evaluará su caso para determinar si usted es elegible para trabajar. Si durante la revisión inicial de su solicitud de TPS determinamos que es elegible (elegible prima facie) usted recibirá un EAD. Aviso: Si su solicitud es denegada y usted determina apelar ante la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) de UCIS o solicitar la revisión de su solicitud por parte de un juez de inmigración, se extenderá su EAD mientras usted espera por una decisión. Si su EAD caduca, debe solicitar la extensión de su EAD presentando el Formulario I-765 junto con evidencia de su apelación ante la AAO o de que solicitó que un juez de inmigración revisara su solicitud de TPS. |
Está reinscribiéndose al TPS e interesa un EAD | Recibirá su nuevo EAD cuando sea adjudicado en su totalidad su paquete de TPS. |
USCIS realiza esfuerzos para evitar retrasos en este paso, pero le pedimos que recuerde que USCIS podría experimentar un alto volumen de solicitudes durante los primeros meses del periodo de inscripción. Sexto paso: USCIS adjudica la solicitud Durante esta fase, podríamos solicitarle documentación adicional para determinar su elegibilidad al TPS.
- Si recibe una Solicitud de Evidencia (RFE) o una Notificación de Intención de Denegación, es de extrema importancia que responda inmediatamente para evitar retrasos en el procesamiento y la posible denegación por falta de una respuesta oportuna.
- Una vez USCIS complete su caso, le notificará si su solicitud de TPS fue otorgada o denegada.
Si le corresponde una o más causales de inadmisibilidad, USCIS le dará una oportunidad para presentar el Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad, si usted no lo incluyó con su paquete de TPS. Por favor, presente este formulario dentro del periodo especificado en la notificación de USCIS, o de lo contrario, su caso será denegado.
Si su solicitud de TPS es | Entonces |
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Aprobada y usted presentó una solicitud inicial | USCIS le enviará una notificación de aprobación y un EAD, si lo solicitó y no lo ha recibido antes de este paso. |
Aprobada y usted presentó una solicitud de reinscripción | Si no solicitó una EAD, USCIS le enviará una notificación de aprobación. Si solicitó una EAD, USCIS le enviará una nueva EAD. |
Denegada | USCIS le enviará una carta indicándole la razón para la denegación y, si corresponde, le proporcionará la oportunidad de apelar la denegación. |
Una vez se le haya concedido TPS, usted debe reinscribirse durante cada periodo de reinscripción para poder mantener los beneficios de TPS. Esto aplica a todos los beneficiarios de TPS, incluidos aquellos a quienes se les concedió inicialmente por USCIS, un Juez de Inmigración o BIA.
Siga las instrucciones que aparecen previamente para solicitar la reinscripción. En algunas ocasiones, DHS debe emitir una extensión automática general para los EAD que están caducando de beneficiarios de TPS de un país específico para poder permitir tiempo para generar EAD con una nueva fecha de validez.
Si los EAD de su país han sido extendidos automáticamente, será indicado en la página de TPS correspondiente al país. Reinscripción tardía al TPS USCIS podría aceptar una solicitud tardía de inscripción a TPS si usted tiene una causa justa para presentar su solicitud luego de que haya caducado el periodo de reinscripción para su país.
Debe presentar junto con su solicitud de reinscripción, una carta que explique las razones para dicha presentación tardía. Presentaciones Iniciales Tardías para TPS Usted puede solicitar TPS por primera vez durante una extensión del periodo de designación de su país a TPS. Si cualifica para presentar tardíamente su solicitud inicial de TPS, de todas formas debe cumplir con todos los requisitos de elegibilidad que se discuten en la sección de Elegibilidad.
Para cualificar para presentar tardíamente su solicitud inicial de TPS, debe cumplir con al menos una de las siguientes condiciones de presentación tardía que aparecen a continuación:
- Durante el periodo inicial de inscripción de la designación de su país o durante cualquier periodo de inscripción inicial subsecuente si su país volvió a ser designado, usted cumple con una de las siguientes condiciones y se inscribe mientras la condición aún existe o dentro de un periodo de 60 días inmediatos a la caducidad o terminación de dicha condición:
- Usted era un No Inmigrante, se le concedió estatus de salida voluntaria, o cualquier relevo de remoción
- Usted tenía una solicitud de cambio de estatus, ajuste de estatus, asilo, salida voluntaria, o cualquier relevo de remoción que estaba pendiente o sujeto a revisión a fondo o apelación
- Era un inmigrante con permiso condicional o tenía una solicitud para volver a obtener permiso condicional pendiente
- Era el cónyuge de una persona que es elegible al TPS.
O
Durante el proceso inicial de inscripción de designación de su país o durante cualquier subsecuente periodo de inscripción inicial si su país volvió a ser designado, usted era un hijo de una persona que es elegible actualmente al TPS. No hay límite de tiempo para presentar su solicitud si usted cumple con esta condición. Por lo tanto, si su padre es elegible actualmente al TPS y usted era su hijo (soltero y menor de 21 años) en cualquier momento durante el periodo de inscripción inicial al TPS para su país, usted aún es elegible para presentación tardía aún si usted ahora tiene más de 21 años de edad o está casado. Puede presentar su solicitud durante una extensión de inscripción del su país designado a TPS.
Por favor, verifique la página de TPS correspondiente a su país para obtener las fechas del periodo de inscripción inicial o los periodos aplicables para la presentación inicial tardía. Tenga en cuenta: Usted no puede obtener TPS como derivado porque su padre o su hijo tiene TPS.
- Si usted tiene TPS y desea viajar fuera de Estados Unidos, debe solicitar una autorización de viaje.
- Si le aprobamos su solicitud, le expediremos un Formulario I-512T, Autorización de Viaje de un No Ciudadano a Estados Unidos, que servirá como evidencia del consentimiento anticipado de DHS para que usted viaje fuera de Estados Unidos.
Si un oficial del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) determina que usted es elegible, lo admitirá en TPS a su retorno. Si aún estamos en proceso de adjudicar su solicitud de TPS, y usted desea viajar fuera de Estados Unidos, debe solicitar una autorización de viaje.
- Si aprobamos su solicitud de autorización de viaje, le expediremos un Formulario I-512L, Documento de Permiso Adelantado (ADP) que servirá como evidencia del consentimiento anticipado de DHS para que usted viaje fuera de Estados Unidos.
- Para solicitar una autorización de viaje de TPS o un permiso adelantado, debe presentar el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, y seleccionar el tipo “1.d” en la Parte 2, Tipo de Solicitud”.
Si usted va a presentar el Formulario I-131 junto con el Formulario I-821, envíe los formularios a la dirección indicada en la página de su país (haga clic en “Estatus de Protección Temporal” en el menú superior izquierdo para encontrar una lista de los países designados a TPS.
Luego, haga clic en el nombre de su país). Si usted va a presentar el Formulario I-131 por separado basado en un Formulario I-821 que está en trámite o ha sido aprobado, consulte en la página de las Direcciones para Presentación Directa del Formulario I-131, Si usted tiene TPS y sale de Estados Unidos sin primero obtener la autorización de viaje de TPS, podría perder su TPS y es posible que no pueda volver a entrar a Estados Unidos.
Si tiene una solicitud de TPS en trámite y sale de Estados Unidos sin primero obtener un permiso adelantado, podremos denegar su solicitud al TPS y no podrá reingresar en Estados Unidos. Si todavía estamos en proceso de adjudicar su solicitud de TPS, podría perderse notificaciones importantes de USCIS, como solicitudes de evidencia adicional, mientras está fuera de Estados Unidos.
- Si usted no responde a estas solicitudes podríamos denegarle su solicitud.
- Lo exhortamos a leer y entender la advertencia de viaje contenida en el Formulario I-131 antes de solicitar una autorización de viaje de TPS o el permiso adelantado es posible que desee buscar asesoramiento legal antes de solicitar una autorización de viaje de TPS o el permiso adelantado para viajar.
Si su dirección cambia luego de que presente su solicitud, debe notificar inmediatamente a USCIS y Cambie su dirección en línea, Primer paso: Si un Juez de Inmigración (IJ) o la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) le otorga TPS, usted debe proveerle a USCIS evidencia de la otorgación de TPS (tal como la orden final del IJ o la decisión final de BIA) cuando solicite su primer beneficio de TPS (tal como un EAD, autorización de viaje, o con su primera solicitud de reinscripción a TPS presentada con USCIS).
Si el primer beneficio de TPS que usted está solicitando es | Entonces, debe | Y |
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Su primer EAD | Presentar solo el Formulario I-765 con la(s) tarifa(s) de presentación o una solicitud de exención de tarifas. También debe enviar una hoja de portada que diga “DO NOT REJECT – TPS GRANTED BY IJ/BIA” (que significa: No la rechace. TPS otorgado por IJ/BIA) | Envíe su Formulario I-765 a la dirección de correo que aparece en la página de TPS de su país. |
Autorización de Viaje | Presentar el Formulario I-131 junto con la tarifa requerida | Envíe su Formulario I-131 a la dirección de correo que aparece en las instrucciones del formulario. |
Su primera reinscripción AVISO: Aún si un IJ o BIA le haya otorgado TPS, usted debe reinscribirse con USCIS durante cada uno de los futuros periodos de extensión de TPS para su país. | Presentar el Formulario I-821 y el Formulario I075 junto con la(s) tarifa(s) requerida(s) o una solicitud de exención de tarifas. Vea las instrucciones de reinscripción que aparecen más arriba. | Envíe su paquete de solicitud de TPS a la dirección de correo que aparece en la página de TPS correspondiente a su país. |
Si USCIS deniega su solicitud, se le indicará en la notificación de denegación si tiene 30 días para apelar ante la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) de USCIS. Si usted no tiene derecho para apelar porque ha sido colocado en procedimientos de remoción cuando USCIS le denegó su solicitud de TPS, puede solicitar que un juez de inmigración adjudique su solicitud de TPS.
- Un Formulario I-290B, Notificación de Apelación o Moción,
- La tarifa de presentación correcta (vea las instrucciones del formulario (PDF, 257.7 KB) ), o el Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas (o una solicitud por escrito) si no puede pagar la tarifa de presentación.
Si USCIS deniega su solicitud de TPS, le recomendamos que consulte con un representante legal autorizado para determinar si usted debe presentar una apelación o moción. Si ha sido colocado en procedimientos de remoción, podría solicitar que el juez de inmigración adjudique su solicitud de TPS.
- Si un juez de inmigración deniega su solicitud de TPS, puede presentar una apelación con la BIA.
- Usted puede ser elegible para otras opciones de inmigración indicadas en la página Explorar mis Opciones,
- Para solicitar el estatus de residente permanente legal (Green Card), usted debe ser elegible bajo una de las categorías indicadas en la página Categorías de Elegibilidad para la Tarjeta Verde,
En cuanto encuentre la categoría que corresponda a su situación, haga ‘clic’ en el enlace proporcionado para obtener información acerca de los requisitos de elegibilidad, cómo solicitar, y si su familiar también puede solicitar junto con usted. Nota para los que solicitan asilo: Recibir y mantener el estatus de TPS por un periodo razonable antes de presentar una solicitud de asilo se considera una circunstancia extraordinaria para propósitos de la fecha límite de un año para solicitar.
- En otras palabras, tener el estatus de TPS “detiene el reloj” del requisito de solicitar asilo dentro de un año de haber llegado a Estados Unidos, si el período de un año no ha expirado ya.
- Vea 8CFR 208.4(a)(5)(iv).
- Vea 8CFR 208.4(a)(5)(iv).
- Por favor, tenga en cuenta que algunas personas no autorizadas podrían tratar de aprovecharse de usted diciéndole que pueden presentar formularios de TPS.
Estas mismas personas podrían pedirle que les pague por presentar esos formularios. Queremos asegurar que todos los solicitantes potenciales de TPS sepan cómo obtener ayuda legal y asistencia certera y legítima. Puede encontrar una lista de proveedores acreditados y asistencia legal gratuita o de bajo costo en nuestra página Encuentre Servicios Legales de nuestro sitio web.
No queremos que usted se convierta en víctima de una estafa de inmigración. Si necesita ayuda legal sobre asuntos de inmigración, asegúrese de que la persona que le ayuda está autorizada para hacerlo. Solamente un abogado o un representante autorizado que trabaje para una organización reconocida por el Departamento de Justicia pueden brindarle ayuda legal.
Visite la página web ” Evite las Estafas de Inmigración ” para información y recursos.
¿Qué beneficios hay para los venezolanos en Colombia?
¿Qué beneficios adquieren las personas venezolanas al acceder al Estatuto? –
Garantía de derechos fundamentales.Acceso a servicios como salud (afiliación a EPS por régimen contributivo o subsidiado), atención para población vulnerable, sistema pensional (al que cada solicitante tendrá que cotizar de acuerdo con la ley), educación (a todos los niveles del sistema educativo colombiano) y sector financiero (apertura de cuenta bancaria, giros, pago de nómina). Protección integral y prevención de vulneraciones de niños, niñas y adolescentes, ya que es un mecanismo en el que prevalecen los derechos de la niñez.Protección de la población venezolana que ingresó al país antes del 31 de enero de 2021 y se encuentra actualmente en situación irregular.Posibilidad de acumular tiempo de estadía en Colombia para hacer la transición del régimen de protección temporal a un régimen de migración ordinario; es decir, tendrán 10 años para obtener una visa de residente (que tiene un coto que tendrá ser asumido por el solicitante).Posibilidad del desarrollo de políticas y rutas que garanticen su seguridad, dignidad y bienestar.Circular libremente por el territorio colombiano e ingresar y salir del país, sin superar 180 días fuera de territorio colombiano.Acceso en condiciones de igualdad a la posibilidad de trabajar de forma regular, lo cual facilita su inserción económica y genera las condiciones para que las personas venezolanas puedan aportar al desarrollo del país.Convalidación de títulos profesionales ante el Ministerio de Educación, tramitar tarjetas profesionales y demás situaciones donde las instituciones del Estado requieran identificación y acreditación del estatus migratorio.
Lo invitamos a visitar el siguiente link, en dónde encontrará un compilado de Preguntas y Respuestas frecuentes sobre el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV).
¿Qué pasa si me quedo más de 180 días en Colombia?
¿Te encuentras en Colombia con un sello de turismo y quieres extender tu permanencia legal en el país? – Cuando ingresaste al país, en el aeropuerto o en el punto fronterizo de ingreso, un funcionario de Migración Colombia te estampó un sello con la fecha de tu ingreso en el pasaporte.
- Si no lo sabes, ese sello funciona como una “visa de turista” controlando la permanencia legal de los extranjeros en Colombia.
- Aunque en este punto, cabe aclarar que según la norma migratoria vigente, este sello es un permiso de turismo y no una visa directamente, pero usamos ese término de “visa de turista” por ser de mayor entendimiento para todos.
Así que si no deseas extender tu sello de turismo, sino que requieres obtener una visa colombiana para realizar alguna actividad específica por más de 180 días, te invitamos a navegar a través del siguiente enlace: https://expatgroup.co/proceso-de-visa-colombiana/,
Volviendo a la “visa de turista”, ¿Cómo se controla la estadía de un extranjero en Colombia con este sello? Este sello estampado, además de tener la fecha de tu entrada, tiene normalmente un número con tinta al lado inferior derecho, que corresponde al número de días que tienes permitidos para quedarte en Colombia y desarrollar actividades de ocio y turismo.
La mayoría de veces ese número es un 90, ocasionalmente podrá ser inferior, pero nunca será un número superior. Es decir que, ¿Solo puedo estar en Colombia 90 días o cuál es el tiempo máximo permitido? Por norma migratoria, los extranjeros tienen permitido estar en el territorio colombiano por un periodo máximo de 180 días por año calendario en calidad de turistas (del 1 de enero al 31 de diciembre).
Lo anterior significa que si vas a completar los primeros 90 días, tienes la posibilidad de extender tu permanencia por 90 días más. En cualquier caso, debes tener en cuenta que no podrás estar más de 180 días continuos en el país, así haya iniciado un nuevo año. Pues para restaurar el reloj migratorio, tendrías que salir de Colombia e ingresar de nuevo al siguiente día.
¿Cuándo debo hacer el trámite de extensión o prórroga de turismo? Te recomendamos iniciar el trámite de 5 a 10 días antes del cumplimiento de tus primeros 90 días de permanencia en Colombia. Si solicitas la extensión de tu “visa de turista” tarde, perderás la posibilidad de obtener tus 90 días adicionales sin salir del país y Migración Colombia te impondrá una multa.
¿Dónde están sacando PPT en Bogotá?
Requisitos del Otro servicio – El PPT debe estar previamente aprobado por Migración Colombia e impreso. Aquí puede consultar el estado de su PPT. Los PPT se están entregando en jornadas masivas organizadas por Migración Colombia, y adicionalmente, en la RED Supercade en Bogotá.
- Frente al agendamiento para El Estatuto Temporal de Protección se informa que a la población venezolana, que todos los procesos relacionados ETPMV no requieren cita.
- Los ciudadanos pueden acercarse a cualquiera de los Puntos Visibles ubicados a nivel nacional o RED Supercade en Bogotá, para realizar el proceso correspondiente.
Documentos que debe tener con usted para la entrega de su documento: 1. Número de RUMV (impreso o digital) 2. Documento de identificación venezolano (Pasaporte, Cédula de identidad, Partida de nacimiento o PEP) 3. Para recoger PPT de menores de edad se debe aportar un documento en el que se demuestre el parentesco.
¿Cómo saber si mi permiso temporal está listo?
En el botón Impresos PPT podrás conocer si tu documento ya se encuentra impreso y listo para entregártelo.
¿Qué bancos aceptan el PPT en Colombia?
Conoce la oferta del sector financiero para migrantes venezolanos en Colombia Créditos, ahorros, pagos, transferencias y seguros son algunos de los servicios que han promovido a más de 20.000 ciudadanos venezolanos en en país. Durante el evento virtual “Oportunidades financieras para la comunidad venezolana”, realizado por la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), a través de su Iniciativa de Finanzas Rurales (IFR) y entidades financieras aliadas a este encuentro, se puso sobre la mesa la gran apuesta que se ha realizado para vincular a la comunidad migrante venezolana al sistema financiero colombiano.
Este evento digital contó con una sección de conversatorios sobre la respuesta institucional y la oferta de servicios para esta comunidad, así como una feria donde las personas pudieron acceder a información sobre las entidades y organizaciones para dar soluciones a temas financieros (educación financiera y desarrollo empresarial).
Martha Aponte, subdirectora de USAID Colombia afirmó que “la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, USAID, trabaja junto al Gobierno de Colombia, la Gerencia de Fronteras y la Agencia de la ONU para los refugiados para lograr una verdadera integración de los migrantes en el país.
Nuestro interés común es que los venezolanos y colombianos retornados, puedan echar raíces aquí y sacar adelante a sus familias”. En menos de un año, el compromiso de las entidades ha logrado movilizar más de US$1,8 millones en servicios financieros para vincular a más de 19.000 migrantes en el sistema financiero, los cuales se ven distribuidos en: créditos (43%), ahorros (31%), pagos (6%), y transferencias (19%).
“Sabemos que para que los venezolanos construyan sus proyectos de vida, el acceso al sistema financiero es clave, por eso nos hemos aliado con distintas entidades como bancos, también con compañías de financiamiento y cooperativas quienes han puesto a disposición mecanismos innovadores de inclusión financiera como lo son las billeteras electrónicas y aplicaciones móviles para abrir una puerta a estos migrantes y hacerlos parte del sistema financiero.”, señaló Aponte.
- “Gracias a nuestros créditos,400 migrantes se han visto beneficiados, y el 55% de personas que quieren crear empresa son mujeres”, señaló Patricia Pérez, Gerente General de Microempresas de Colombia.
- Por su parte Ingrid López, Gerente Nacional de Microfinanzas del Banco de Bogotá, indicó: “un paso inicial para que los migrantes venezolanos empiecen activos en el sistema financiero es la apertura de una cuenta de ahorros, a través de un sistema ágil que ofrece el Banco de Bogotá”, indicó
- “Brindamos un modelo de inclusión especial a personas con ideas de negocio, con el programa el Empropaz, iniciativa liderada por parte de Bancamía en alianza con USAID en Colombia, con la Corporación Mundial de la Mujer en Colombia, Corporación Mundial de la Mujer en Medellín, y en un compromiso compartido con la Fundación de Microfinanzas del BBVA”, dijo Luz Marina Jaimes Gerente de Mercadeo de Bancamía.
- En representación del Banco Mundo Mujer, Julio Muñoz, Director de Crédito y Cartera expresó: “lo que inspira al Banco Mundo Mujer es contribuir al desarrollo económico y social de las comunidades trabajadoras de menores ingresos en Colombia, y cuando decimos en Colombia es no solo para los colombianos, sino para todos esos trabajadores que estén residiendo acá”.
- “Invitamos a toda la población no bancarizada a ser parte de los nuevos bancos digitales y que empiecen a digitalizar su propia economía, para que conozcan lo que pasa con todos sus gastos e inicien inversiones a través de la billetera Tpaga”, subrayó Juan Manuel Salazar, Gerente de Producto TPAGA.
Maryoiry Ávila, Gerente general de MOVii destacó la ayuda que han brindado a migrantes para tener sus primeros servicios financieros. “Fuimos el primer ecosistema digital en Colombia gratis, permitiendo que muchos se incluyeran, y a la fecha contamos con más de 50.000 venezolanos que hacen parte de MOVii,
Además, contamos con un sistema Cash In y Cash Out con criptomonedas”, explicó. El presidente de Crezcamos, Mauricio Osorio Sánchez habló sobre la mirada que han puesto a la migración, brindando opoirtunidades de inversión. “Nos especializamos en inclusión por medio de la ayuda a cualquier microempresario que desea acceder al sistema financiero, y lo hacemos enfocados en tres aspectos para financiamiento: progreso agropecuario, progreso empresarial y progreso personal”, expresó Osorio.
“Congente es un proyecto que nació en el corazón de la crisis a causa de la pandemia del Covid-19 2020 que llevó a la humanidad a reinventarse y acelerar el uso de la tecnología”, Manuel Felipe Reina, Director Comercial de Congente Cooperativa. Las entidades participantes destacan sus servicios de la siguiente manera:
Nombre Entidad | Cobertura | Servicios / Productos | Cifras |
Microempresas de Colombia | 4 Departamentos (Antioquia, Caldas, Córdoba y Chocó) y 180 Municipios |
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Banco Mundo Mujer | 22 Departamentos, 666 municipios y 177 oficinas | Créditos para:
Cuentas de Ahorro:
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Tpaga | Cobertura Electrónica para tres tipos de Público: Usuarios, Empresas y Negocios. Sin necesidad de cuenta bancaria |
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Abre de forma gratuita tu deposito Tpaga |
Bancamía | 199 Oficinas en 29 departamentos, atendiendo a más de 817,000 clientes en 905 municipios. | Líneas de créditos:
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Inversión mínima de $100,000 para CDT |
Crezcamos | Presente en 402 municipios a través de 13 departamentos con 96 oficinas.
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Congente | Presencia en 3 departamentos (Casanare, Cundinamarca y Meta) con 27 Puntos de Atención. | Productos de Ahorro
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Ahorros e Inversión: Monto mínimo de apertura $5,000. |
Banco de Bogotá | Más de 10,000 clientes |
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Desde $800,000 hasta $60,000,000 |
MOVII | Banca Digital |
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$0 Taza de Mantenimiento o de Interés |
Información tomada de los portafolios de cada entidad disponibles en la feria virtual Muchas de estas personas, que vinieron al país en busca de mejores oportunidades tras la crisis humanitaria en Venezuela, han podido encontrar en el sistema financiero colombiano una manera de reconstruir sus vidas, sus negocios y sus sueños.
¿Cómo sacar el permiso de trabajo en Colombia si soy venezolano?
El proceso se realiza a través de la página web del Ministerio del Trabajo, el empleador bien sea jurídico o natural, manifiesta la intención de contratar al migrante venezolano especificando la duración del contrato, cargo a desempeñar y el rango salarial, que serán validados por el Ministerio del Trabajo.
¿Qué cuentas se pueden abrir con el PPT?
Z7_OHHGG4G0POVV0060086ASA0445 Abril 12, 2022 Link copiado en porta papeles Sí lo puedes hacer. Solo debes ir a una de nuestras Sucursales Físicas y presentar tu Permiso Especial de Permanencia (PEP) o el Permiso por Protección Temporal (PPT), cualquiera de los 2 en original.
¿Qué es PPT en salud?
– Con la expedición de la Resolución 1178 de 2021, el Ministerio de Salud y Protección Social adopta el Permiso por Protección Temporal (PPT) como documento válido de identificación para los migrantes venezolanos.
¿Qué significa PPT en proceso?
¿Qué significa que el PPT esté incluido en el sistema RUNT? Significa que el Permiso por Protección Temporal es un documento válido para realizar algunos trámites de tránsito.