Que Significa Personas Morales En El Sat

Que Significa Personas Morales En El Sat
Emprendedor, conoce los regímenes fiscales de las personas físicas – Identifica el régimen fiscal al que perteneces. Para fines fiscales, es necesario definir si un contribuyente realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral. En cada caso tiene requisitos y un trato fiscal distinto. Empecemos por conocer a qué se refiere cada concepto:

Persona física

Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), el cual tiene derechos y obligaciones. Los regímenes para las Personas Físicas se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos y son:

Régimen Simplificado de Confianza Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales Régimen de Incorporación Fiscal Enajenación de bienes Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas Régimen de Arrendamiento Intereses Obtención de premios Dividendos Demás ingresos

Como emprendedor es importante conocer los detalles sobre la actividad que planeas realizar y contar con una estimación lo más cercana a la realidad, de los ingresos que puedas tener en un mes y en un año, a fin de identificar el régimen fiscal en que debes tributar.

Los regímenes fiscales que puedes elegir de acuerdo con las actividades empresariales que llevarás a cabo son: Régimen Simplificado de Confianza Pueden inscribirse aquellas personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.

Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas. Este esquema facilita y simplifica el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, al contar con la opción de que las plataformas tecnológicas les retengan el ISR e IVA de forma definitiva y los paguen directamente al SAT, de esta forma ya no realizarán las declaraciones mensuales, en virtud de que las retenciones que les efectúe la plataforma tecnológica tienen el carácter de pago definitivo.

Para que puedan optar por considerar la retención de impuestos que realice la plataforma tecnológica como pago definitivo, sus ingresos en el ejercicio no deben exceder de 300 mil pesos (incluyendo salarios e intereses). Régimen de Arrendamiento Las personas físicas que son dueñas de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autorizan a otras personas para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos, a cambio de una cantidad periódica de dinero (renta).

Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales Pueden tributar aquellas personas físicas que obtienen ingresos por actividades comerciales (restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, etc.), industriales (minería, textil y calzado, farmacéutica, construcción), enajenación de bienes, de autotransporte, sin importar el monto de los ingresos que perciban.

Persona moral

Es el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física), sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.

¿Qué es una persona moral y ejemplos?

¿Qué es una persona moral? – Como persona moral o jurídica se designa, en derecho, toda aquella entidad de existencia jurídica, que está constituida por grupos u organizaciones de personas, y que es reconocida como instancia unitaria con capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones.

Las personas morales no tienen existencia material o concreta ; no existen como individuo sino como institución, pues son una ficción de derecho para dar reconocimiento a una entidad individual e independiente, que está sujeta a obligaciones y dotada de derechos, tal como una persona física. En este sentido, la persona moral es un organismo conformado y representado por un conjunto de personas físicas sobre las cuales recae la capacidad para la toma de decisiones.

Para ello, la persona moral tendrá uno o varios administradores, un consejo de administración o una junta de socios que tendrá la responsabilidad de actuar en su nombre. La persona moral o jurídica se constituye mediante un acto jurídico ante una autoridad, en el cual, a través de la creación de una escritura pública, quedan asentadas las normas y los estatutos por los cuales esta se regirá y los derechos y obligaciones que poseerá.

Según el derecho, las personas morales tienen una personalidad jurídica propia, lo que quiere decir que están capacitadas para actuar como sujeto de derecho: adquirir bienes, contraer obligaciones, ejercer acciones ante un juez. Las personas morales se caracterizan por tener domicilio, nombre, capacidad y patrimonio.

Son personas morales, por ejemplo, asociaciones, corporaciones, sociedades y fundaciones. Las personas morales se caracterizan por tener domicilio, nombre, nacionalidad, capacidad y patrimonio. Por ejemplo, son personas morales o jurídicas:

las empresas unipersonales,las sociedades mercantiles,las fundaciones,las asociaciones civiles,las corporaciones,las empresas del Estado,las organizaciones no gubernamentales (ONG).los sindicatos.

¿Cuál es la diferencia entre personas físicas y morales?

Principales Diferencias entre Persona Física y Persona Moral – La primera diferencia entre persona física y moral es que una persona física es un individuo y la persona moral es un grupo de individuos con un fin común, comercial o no lucrativo. Es decir, una empresaria o empresario es persona física, y la compañía que funda es la persona moral.

¿Cómo saber en que regimen estoy en el SAT?

Para saber su régimen fiscal debe ingresar a la pagina del SAT y dar clic en Trámites. Se abrirá otra pantalla en la que deberá dar clic en ‘Servicios’ y posteriormente en ‘Reimprime tus acuses y genera tu Constancia de Situación Fiscal con CIF’.

¿Qué empresas son personas morales?

Una empresa constituida al modo ‘persona moral’, quiere decir que no existe la persona como individuo, sino que es un grupo de personas que han creado una organización para cumplir con los objetivos empresariales internos.

¿Cómo dar de alta a una persona moral en el SAT?

Servicio de Administración Tributaria

  • Quiénes lo presentan
  • Personas morales de nueva creación a través de sus representantes legales, como son entre otras:
  • Asociaciones civiles, sociedades civiles, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sindicatos, partidos políticos, asociaciones religiosas, sociedades cooperativas, sociedades de producción rural, y otras personas morales.
  • Dónde se presenta
  • En el Portal del SAT (preinscripción, misma que no se tendrá por presentada si el contribuyente no cumple con la conclusión del trámite en la oficina del SAT dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud).
  • En una oficina del SAT para iniciarlo y concluirlo, previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
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Qué documentos se obtienen

  • Solicitud de inscripción en el RFC.
  • Acuse único de inscripción en el RFC, que contiene la cédula de identificación fiscal y código de barras bidimensional (QR).
  • Acuse de presentación con información inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización en el RFC con el que se informa que la autoridad está en posibilidad de constatar los datos proporcionados en el RFC, se debe presentar aclaración para continuar con el trámite de inscripción.
  • Acuse de preinscripción en el RFC, en el caso de que el trámite se inicie en el Portal del SAT.
  1. Cuando se presenta
  2. Dentro del mes siguiente al día en que se tenga la obligación de presentar las declaraciones periódicas, de pago o informativas propias o por cuenta de terceros o cuando exista la obligación de expedir comprobantes fiscales por las actividades que se realicen.
  3. Requisitos
  4. En el Portal del SAT:

No se requiere presentar documentación.

En la Oficina del SAT:

  • Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT.
  • Documento constitutivo protocolizado (copia certificada).
  • Comprobante de domicilio fiscal, cualquiera de los señalados en el inciso B) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
  • Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad del representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público (original). Si fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.
  • Identificación oficial vigente del representante legal, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
  • Personas morales diferentes del Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, deberán contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva. En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes.
  • En el caso de personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el RFC genérico siguiente:
    • Personas físicas: EXTF900101NI1
    • Personas morales: EXT990101NI1

De forma especial, si te encuentras en algunos de los siguientes supuestos, adicionalmente debes presentar:

a) Personas distintas de sociedades mercantiles.

Documento constitutivo de la agrupación (original o copia certificada), o en su caso la publicación en el diario, periódico o gaceta oficial (copia simple o impresión).

b) Misiones Diplomáticas.

  • Documento con el que la Secretería de Relaciones Exteriores reconozca la existencia de la misión diplomática en México.
  • Con los requisitos señalados, las misiones diplomáticas de estados extranjeros debidamente acreditadas, deberán solicitar su inscripción en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del Distrito Federal “2”, ubicada en Paseo de la Reforma Norte, número 10, piso 2, edificio Torre Caballito, colonia Tabacalera, delegación Cuauhtémoc, c.p.06030, Ciudad de México.

c) Asociaciones en participación.

  • Contrato de la asociación en participación, con ratificación de las firmas del asociado y del asociante ante cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente en términos del artículo 19 del Código Fiscal de la Federación (original).
  • Identificación oficial vigente de los contratantes, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
  • Acta constitutiva y poder notarial que acredite al representante legal, en caso de que participe como asociante o asociada una persona moral (copia certificada).
  • Testimonio o póliza, en caso de que así proceda, donde conste el otorgamiento del contrato de asociación en participación ante Fedatario Público, que éste se cercioró de la identidad y capacidad de los otorgantes y de cualquier otro compareciente y de que quienes comparecieron en representación de otra persona física o moral contaban con la personalidad suficiente para representarla al momento de otorgar dicho instrumento.
  • Identificación oficial vigente, del asociante (en caso de personas físicas), cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado​ de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
  • Poder notarial que acredite la personalidad del representante legal, en caso de que el asociante sea persona moral (copia certificada).
  • Documento donde conste la ratificación de contenido y firmas de quienes otorgaron y comparecieron el contrato de asociación en participación ante fedatario público, que éste se cercioró de la identidad y capacidad de los otorgantes y de cualquier otro compareciente y de que quienes comparecieron en representación de otra persona física o moral contaban con la personalidad suficiente para representarla al momento de otorgar dicho contrato (copia certificada).

d) Personas morales residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en México.

  • Acta o documento constitutivo debidamente apostillado o legalizado, según proceda. Cuando éstos consten en idioma distinto del español debe presentarse una traducción al español realizada por un perito autorizado (copia certificada). Los extranjeros que residan en un país o jurisdicción con los que México tenga en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información y que realicen operaciones de maquila a través de una empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue, podrán exhibir el contrato suscrito con la empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue en lugar del acta o documento constitutivo. Cuando el contrato conste en idioma distinto del español, debe presentarse una traducción al español realizada por un perito autorizado (copia certificada).
  • Contrato de asociación en participación, en los casos que así proceda, con firma autógrafa del asociante y asociados o de sus representantes legales(original).
  • Contrato de fideicomiso, en los casos en que así proceda, con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria (original).
  • Documento con que acrediten el número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con éste en dicho país, en los casos en que así proceda (copia certificada, legalizada o apostillada por autoridad competente).
  • Acta o documento debidamente apostillado o legalizado, en los casos en que así proceda, en el que conste el acuerdo de apertura del establecimiento en el territorio nacional (copia certificada).
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e) Administración Pública (Federal, Estatal, Municipal, etc.):

Decreto o acuerdo por el ​cual se crean dichas entidades, publicado en el órgano oficial (copia simple o impresión del diario, periódico o gaceta oficial).

f) Sindicatos.

  • Estatuto de la agrupación (original).
  • Resolución de registro emitida por la autoridad laboral competente (original).

g) Demás figuras de agrupación que regule la legislación vigente.

Documento constitutivo que corresponda según lo establezca la ley de la materia (original).

h) Empresas exportadoras de servicios de convenciones y exposiciones.

Documento que acredite que el interesado es titular de los derechos para operar un centro de convenciones o de exposiciones (original).

i) Asociaciones Religiosas.

Certificado de Registro Constitutivo que emite la Secretaría de Gobernación, de conformidad con la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su Reglamento (original).

j) Fideicomisos.

  • Contrato de fideicomiso, con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria, protocolizado ante fedatario público (copia certificada), o bien contrato con ratificación de las firmas originales ante cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente en términos del artículo 19 del Código Fiscal de la Federación (original). En el caso de entidades de la Administración Pública, diario, periódico o gaceta oficial donde se publique el Decreto o Acuerdo por el que se crea el fideicomiso (impresión o copia simple).
  • Número de contrato del fideicomiso.​

k) Personas morales de carácter social o agrario distintas a sindicatos.

  • Documento mediante el cual se constituyeron o hayan sido reconocidas legalmente por la autoridad competente (original o copia certificada).
  • Documento notarial, nombramiento, acta, resolución, laudo o documento que corresponda de conformidad con la legislación aplicable, para acreditar la personalidad del representante legal. Este puede ser socio, asociado, miembro o cualquiera que sea la denominación que conforme la legislación aplicable se otorgue a los integrantes de la misma, quien deberá contar con facultades para representar a la persona moral ante toda clase de actos administrativos, en lugar del poder general para actos de dominio o administración, (copia certificada).

l) Sociedades Financieras de Objeto Múltiple.

Contar con el folio vigente en el trámite de inscripción asignado por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, CONDUSEF, dentro del portal del registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES).

m) Fondo de Inversión.

Contar con el acta suscrita por el fundador aprobada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en la que dé fe de la existencia del fondo de inversión.

Condiciones

  • Responder las preguntas que le realice la autoridad, relacionadas con la identidad, domicilio y en general sobre la situación fiscal de la persona moral a inscribir.
  • En caso de preinscripción, llenar el formulario electrónico de inscripción que se encuentra en el Portal del SAT, proporcionando los datos solicitados.

Información adicional

  • Las asociaciones en participación que se inscriban en el RFC con el nombre del asociante, deberán citar además en su denominación, las siglas “A en P”.
  • En inscripción de fideicomisos, la denominación o razón social, deberá contener el número del fideicomiso como aparece en el contrato que le da origen.
  • Para la inscripción de Fondos de Inversión, se aceptará como el documento constitutivo protocolizado el acta constitutiva y estatutos sociales aprobados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. No será necesario hacer constar dichos documentos ante notario o corredor público ni ante el Registro Público de Comercio.

Pasos para realizar el trámite En el Portal del SAT:

  1. Ingresa a la sección Trámites y de la barra superior elige la opción RFC.
  2. Del apartado Preinscripción, selecciona la opción personas morales.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico “Inscripción al RFC”.
  4. Envía tú trámite al SAT e imprime la hoja previa con el número de folio asignado a tu trámite.
  5. Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
  6. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  7. Recibe tu Solicitud y acuse de Inscripción al RFC, así como los productos derivados del trámite.

Atención presencial:

  1. Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe tu Solicitud y acuse de Inscripción al RFC, así como los productos derivados del trámite.

Disposiciones jurídicas aplicables Artículos 27 del Código Fiscal de la Federación; 22, 23, 24, 25, 28 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; reglas 2.4.5., 2.4.15., 2.4.16., 3.20.6., 3.21.6.1., de la Resolución Miscelánea Fiscal. : Servicio de Administración Tributaria

¿Quién paga más impuestos una persona física o moral?

El presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Francisco Macías, explicó que si bien en general los contribuyentes pagan una tasa de 30% por el ISR, los asalariados tienen deducciones más limitadas. En México, las personas físicas, sobre todo los asalariados, son los que pagan más impuestos.

El presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Francisco Macías, explicó que si bien en general los contribuyentes pagan una tasa de 30% por el ISR, los asalariados tienen deducciones más limitadas. Indicó que las empresas tienen más posibilidades de deducir y lo hacen de acuerdo con su actividad.

Éstas pueden ser propias y normales sobre sus costos, es decir, gastos que tienen que ver con el sector en el que se desempeñan. También gozan de exenciones, estímulos y otro tipo de regímenes especiales autorizados para disminuir la carga impositiva.

Las personas físicas y morales, aunque no todas, pagan impuestos de reciente creación como el IETU y el que grava los depósitos en efectivo IDE. Por consumo todos pagan el IVA, pero la tasa cero permite solicitar devoluciones que sólo aprovechan las empresas. En el primer trimestre el fisco devolvió por IVA 56,089 millones de pesos, casi cuatro veces lo que recaudó por el IETU.

También se paga un tributo especial sobre IEPS en gasolinas, tabacos, bebidas alcohólicas, cervezas, telecomunicaciones y bebidas energizantes. En el primer trimestre del año el gobierno obtuvo ingresos por el ISR de 195,758 millones de pesos, de los cuales 81,748 millones correspondieron a lo que pagaron las empresas y 93,230 millones de pesos por retenciones de salarios, según Hacienda.

¿Cómo cambiar de persona moral a persona física?

Fundamento Legal –

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 31.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.5.13.
  1. Acude previa cita a la Oficina del SAT, más cercana al domicilio fiscal de la persona moral.
  2. Lleva todos los documentos requeridos para realizar el trámite.
  3. Entrega la documentación al servidor público que le brinda la atención.
  4. Recibe el acuse de movimientos de actualización de situación fiscal.
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¿Cuándo comienza la obligación de las personas morales?

¿Qué es una persona moral? – El régimen fiscal de persona moral es una entidad que tiene una existencia jurídica, lo que quiere decir que está constituida por un grupo de personas u organizaciones. La persona moral representa a dichas personas, por lo cual se le reconoce como una instancia unitaria con capacidad de ejercer derechos y cumplir con obligaciones.

Su razón social se refiere a la actividad que desarrolla o al nombre elegido por sus creadores. La capacidad de ejercer derechos y cumplir con obligaciones se inicia desde su creación. No tiene un estado civil. Se considera mexicana toda persona moral que fue constituida de acuerdo a la ley del país y que tiene su domicilio en el territorio nacional. Tiene la obligación de presentar su contabilidad electrónica ante el SAT. Su patrimonio se compone por todos los bienes, derechos y obligaciones tasables en dinero que tiene la persona moral. El patrimonio de la persona jurídica no es el mismo que el de las personas físicas, autónomos, que la componen. La capacidad de la persona moral está limitada a su objeto social y, a su vez, solo puede ser ejercida por conducto de sus representantes.

¿Qué régimen fiscal tengo si soy persona física?

Emprendedor, conoce los regímenes fiscales de las personas físicas – Identifica el régimen fiscal al que perteneces. Para fines fiscales, es necesario definir si un contribuyente realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral. En cada caso tiene requisitos y un trato fiscal distinto. Empecemos por conocer a qué se refiere cada concepto:

Persona física

Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), el cual tiene derechos y obligaciones. Los regímenes para las Personas Físicas se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos y son:

Régimen Simplificado de Confianza Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales Régimen de Incorporación Fiscal Enajenación de bienes Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas Régimen de Arrendamiento Intereses Obtención de premios Dividendos Demás ingresos

Como emprendedor es importante conocer los detalles sobre la actividad que planeas realizar y contar con una estimación lo más cercana a la realidad, de los ingresos que puedas tener en un mes y en un año, a fin de identificar el régimen fiscal en que debes tributar.

Los regímenes fiscales que puedes elegir de acuerdo con las actividades empresariales que llevarás a cabo son: Régimen Simplificado de Confianza Pueden inscribirse aquellas personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.

Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas. Este esquema facilita y simplifica el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, al contar con la opción de que las plataformas tecnológicas les retengan el ISR e IVA de forma definitiva y los paguen directamente al SAT, de esta forma ya no realizarán las declaraciones mensuales, en virtud de que las retenciones que les efectúe la plataforma tecnológica tienen el carácter de pago definitivo.

Para que puedan optar por considerar la retención de impuestos que realice la plataforma tecnológica como pago definitivo, sus ingresos en el ejercicio no deben exceder de 300 mil pesos (incluyendo salarios e intereses). Régimen de Arrendamiento Las personas físicas que son dueñas de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autorizan a otras personas para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos, a cambio de una cantidad periódica de dinero (renta).

Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales Pueden tributar aquellas personas físicas que obtienen ingresos por actividades comerciales (restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, etc.), industriales (minería, textil y calzado, farmacéutica, construcción), enajenación de bienes, de autotransporte, sin importar el monto de los ingresos que perciban.

Persona moral

Es el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física), sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.

¿Qué régimen fiscal tengo si no trabajo?

Para el caso del régimen fiscal de una persona física registrada en el RFC sin actividades económicas, le corresponde un régimen ‘ 616 – Sin obligaciones fiscales ‘.

¿Qué es el régimen fiscal ejemplo?

¿Qué es el régimen fiscal? – Se le conoce como régimen fiscal al conjunto de leyes y normas a las que se someten las personas físicas y morales después de registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria. Dependiendo del régimen fiscal al que pertenezcas, serán los derechos y obligaciones que deberás cumplir tomando en cuenta la actividad económica que hayas seleccionado.

  • Una persona física es aquel individuo que realiza una actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista).
  • Las personas físicas se registran considerando las actividades que ejecutan y los ingresos que perciben.
  • Si quieres saber más sobre este tema, te interesará leer: SAT El aliado para cumplir con las obligaciones fiscales de una empresa,

Algunos ejemplos de tipos de régimen fiscal son: Régimen de Incorporación Fiscal, Enajenación de bienes, Régimen de Actividades Empresariales con Ingresos a través de Plataformas Tecnológicas, Régimen de Arrendamiento, Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, Enajenación de bienes, etc.

¿Cómo es el RFC de una persona física?

El RFC o Registro Federal de Contribuyentes es una clave única de registro que sirve para identificar a toda aquella persona que realiza una actividad económica y deba contribuir con el gasto público ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria).

¿Cuál es mi razón social de una persona física?

Para el caso de las personas físicas, la razón social está conformada por el nombre y apellidos de la persona. De tal manera, se debe colocar el nombre exactamente igual a como aparece en la cedula de identificación fiscal o constancia de situación fiscal.

¿Cuál es el RFC de una persona?

RFC, ¿Qué es? Como sus siglas lo indican, el RFC es el Registro Federal de Contribuyentes, una clave que ingresa a una persona, ya sea física o moral, en un registro oficial mantenido por el SAT de México.

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