Que Significa Inscripción Al Padrón De Contribuyentes Personas Morales
Tomas Balasco
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¿Qué es el Padrón de Contribuyentes? Definición y Funciones – El Padrón de Contribuyentes El Padrón de Contribuyentes es un instrumento público en el que se encuentran inscritos los(.) Detalles del término ” data-mobile-support=”0″ data-gt-translate-attributes=””=””>Padrón de Contribuyentes es el registro manejado por las autoridades fiscales mexicanas de todas las personas físicas y morales que, como tales, asumen responsabilidades en materia tributaria. Los datos que se recaban para este propósito contienen la especificación sobre la actividad comercial del titular, además de aquellos necesarios para la plena identificación del Contribuyente El Contribuyente es toda persona física o moral obligada al pago de contribuciones, de(.) Detalles del término ” data-mobile-support=”0″ data-gt-translate-attributes=””=””>contribuyente y de sus compromisos fiscales. La entrega de estos datos es obligatoria y sirve para integrar la base de datos de los contribuyentes del país, así como el caso de los padrones estatales.
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¿Cómo saber si soy una persona física o moral?
La persona física se identifica por su nombre, mientras que la persona moral lo hace a través de una denominación o razón social (normalmente es el nombre que le das a tu empresa). Una persona física tiene estado civil mientras que una morales no, ya que son un conjunto de personas.
¿Qué es una persona moral en el SAT?
Emprendedor, conoce los regímenes fiscales de las personas físicas – Identifica el régimen fiscal al que perteneces. Para fines fiscales, es necesario definir si un contribuyente realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral. En cada caso tiene requisitos y un trato fiscal distinto. Empecemos por conocer a qué se refiere cada concepto:
Persona física
Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), el cual tiene derechos y obligaciones. Los regímenes para las Personas Físicas se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos y son:
Régimen Simplificado de Confianza Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales Régimen de Incorporación Fiscal Enajenación de bienes Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas Régimen de Arrendamiento Intereses Obtención de premios Dividendos Demás ingresos
Como emprendedor es importante conocer los detalles sobre la actividad que planeas realizar y contar con una estimación lo más cercana a la realidad, de los ingresos que puedas tener en un mes y en un año, a fin de identificar el régimen fiscal en que debes tributar.
Los regímenes fiscales que puedes elegir de acuerdo con las actividades empresariales que llevarás a cabo son: Régimen Simplificado de Confianza Pueden inscribirse aquellas personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.
Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas. Este esquema facilita y simplifica el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, al contar con la opción de que las plataformas tecnológicas les retengan el ISR e IVA de forma definitiva y los paguen directamente al SAT, de esta forma ya no realizarán las declaraciones mensuales, en virtud de que las retenciones que les efectúe la plataforma tecnológica tienen el carácter de pago definitivo.
- Para que puedan optar por considerar la retención de impuestos que realice la plataforma tecnológica como pago definitivo, sus ingresos en el ejercicio no deben exceder de 300 mil pesos (incluyendo salarios e intereses).
- Régimen de Arrendamiento Las personas físicas que son dueñas de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autorizan a otras personas para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos, a cambio de una cantidad periódica de dinero (renta).
Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales Pueden tributar aquellas personas físicas que obtienen ingresos por actividades comerciales (restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, etc.), industriales (minería, textil y calzado, farmacéutica, construcción), enajenación de bienes, de autotransporte, sin importar el monto de los ingresos que perciban.
Persona moral
Es el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física), sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.
¿Cuál es mi RFC persona moral?
¿Cómo saber si un RFC es de persona física o moral? – Seguro te han solicitado tu razón social persona física o el rfc persona moral, pero no sabes cómo distinguirlos. Es muy sencillo identificar si un RFC (clave del Registro Federal de Contribuyentes) pertenece a una persona física o a una persona moral, solo es cuestión de contar el número de caracteres,
¿Qué significa ser una persona moral?
Persona moral – Secretaría de Economía Es una personalidad jurídica conformada por y/o morales que se unen para la realización de un fin colectivo. Son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal, sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.
¿Cómo dar de alta a una persona moral?
Servicio de Administración Tributaria
- Quiénes lo presentan
- Personas morales de nueva creación a través de sus representantes legales, como son entre otras:
- Asociaciones civiles, sociedades civiles, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sindicatos, partidos políticos, asociaciones religiosas, sociedades cooperativas, sociedades de producción rural, y otras personas morales.
- Dónde se presenta
- En el Portal del SAT (preinscripción, misma que no se tendrá por presentada si el contribuyente no cumple con la conclusión del trámite en la oficina del SAT dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud).
- En una oficina del SAT para iniciarlo y concluirlo, previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
Qué documentos se obtienen
- Solicitud de inscripción en el RFC.
- Acuse único de inscripción en el RFC, que contiene la cédula de identificación fiscal y código de barras bidimensional (QR).
- Acuse de presentación con información inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización en el RFC con el que se informa que la autoridad está en posibilidad de constatar los datos proporcionados en el RFC, se debe presentar aclaración para continuar con el trámite de inscripción.
- Acuse de preinscripción en el RFC, en el caso de que el trámite se inicie en el Portal del SAT.
- Cuando se presenta
- Dentro del mes siguiente al día en que se tenga la obligación de presentar las declaraciones periódicas, de pago o informativas propias o por cuenta de terceros o cuando exista la obligación de expedir comprobantes fiscales por las actividades que se realicen.
- Requisitos
- En el Portal del SAT:
No se requiere presentar documentación.
En la Oficina del SAT:
- Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT.
- Documento constitutivo protocolizado (copia certificada).
- Comprobante de domicilio fiscal, cualquiera de los señalados en el inciso B) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
- Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad del representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público (original). Si fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.
- Identificación oficial vigente del representante legal, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
- Personas morales diferentes del Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, deberán contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva. En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes.
- En el caso de personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el RFC genérico siguiente:
- Personas físicas: EXTF900101NI1
- Personas morales: EXT990101NI1
De forma especial, si te encuentras en algunos de los siguientes supuestos, adicionalmente debes presentar:
a) Personas distintas de sociedades mercantiles.
Documento constitutivo de la agrupación (original o copia certificada), o en su caso la publicación en el diario, periódico o gaceta oficial (copia simple o impresión).
b) Misiones Diplomáticas.
- Documento con el que la Secretería de Relaciones Exteriores reconozca la existencia de la misión diplomática en México.
- Con los requisitos señalados, las misiones diplomáticas de estados extranjeros debidamente acreditadas, deberán solicitar su inscripción en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del Distrito Federal “2”, ubicada en Paseo de la Reforma Norte, número 10, piso 2, edificio Torre Caballito, colonia Tabacalera, delegación Cuauhtémoc, c.p.06030, Ciudad de México.
c) Asociaciones en participación.
- Contrato de la asociación en participación, con ratificación de las firmas del asociado y del asociante ante cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente en términos del artículo 19 del Código Fiscal de la Federación (original).
- Identificación oficial vigente de los contratantes, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
- Acta constitutiva y poder notarial que acredite al representante legal, en caso de que participe como asociante o asociada una persona moral (copia certificada).
- Testimonio o póliza, en caso de que así proceda, donde conste el otorgamiento del contrato de asociación en participación ante Fedatario Público, que éste se cercioró de la identidad y capacidad de los otorgantes y de cualquier otro compareciente y de que quienes comparecieron en representación de otra persona física o moral contaban con la personalidad suficiente para representarla al momento de otorgar dicho instrumento.
- Identificación oficial vigente, del asociante (en caso de personas físicas), cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
- Poder notarial que acredite la personalidad del representante legal, en caso de que el asociante sea persona moral (copia certificada).
- Documento donde conste la ratificación de contenido y firmas de quienes otorgaron y comparecieron el contrato de asociación en participación ante fedatario público, que éste se cercioró de la identidad y capacidad de los otorgantes y de cualquier otro compareciente y de que quienes comparecieron en representación de otra persona física o moral contaban con la personalidad suficiente para representarla al momento de otorgar dicho contrato (copia certificada).
d) Personas morales residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en México.
- Acta o documento constitutivo debidamente apostillado o legalizado, según proceda. Cuando éstos consten en idioma distinto del español debe presentarse una traducción al español realizada por un perito autorizado (copia certificada). Los extranjeros que residan en un país o jurisdicción con los que México tenga en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información y que realicen operaciones de maquila a través de una empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue, podrán exhibir el contrato suscrito con la empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue en lugar del acta o documento constitutivo. Cuando el contrato conste en idioma distinto del español, debe presentarse una traducción al español realizada por un perito autorizado (copia certificada).
- Contrato de asociación en participación, en los casos que así proceda, con firma autógrafa del asociante y asociados o de sus representantes legales(original).
- Contrato de fideicomiso, en los casos en que así proceda, con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria (original).
- Documento con que acrediten el número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con éste en dicho país, en los casos en que así proceda (copia certificada, legalizada o apostillada por autoridad competente).
- Acta o documento debidamente apostillado o legalizado, en los casos en que así proceda, en el que conste el acuerdo de apertura del establecimiento en el territorio nacional (copia certificada).
e) Administración Pública (Federal, Estatal, Municipal, etc.):
Decreto o acuerdo por el cual se crean dichas entidades, publicado en el órgano oficial (copia simple o impresión del diario, periódico o gaceta oficial).
f) Sindicatos.
- Estatuto de la agrupación (original).
- Resolución de registro emitida por la autoridad laboral competente (original).
g) Demás figuras de agrupación que regule la legislación vigente.
Documento constitutivo que corresponda según lo establezca la ley de la materia (original).
h) Empresas exportadoras de servicios de convenciones y exposiciones.
Documento que acredite que el interesado es titular de los derechos para operar un centro de convenciones o de exposiciones (original).
i) Asociaciones Religiosas.
Certificado de Registro Constitutivo que emite la Secretaría de Gobernación, de conformidad con la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su Reglamento (original).
j) Fideicomisos.
- Contrato de fideicomiso, con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria, protocolizado ante fedatario público (copia certificada), o bien contrato con ratificación de las firmas originales ante cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente en términos del artículo 19 del Código Fiscal de la Federación (original). En el caso de entidades de la Administración Pública, diario, periódico o gaceta oficial donde se publique el Decreto o Acuerdo por el que se crea el fideicomiso (impresión o copia simple).
- Número de contrato del fideicomiso.
k) Personas morales de carácter social o agrario distintas a sindicatos.
- Documento mediante el cual se constituyeron o hayan sido reconocidas legalmente por la autoridad competente (original o copia certificada).
- Documento notarial, nombramiento, acta, resolución, laudo o documento que corresponda de conformidad con la legislación aplicable, para acreditar la personalidad del representante legal. Este puede ser socio, asociado, miembro o cualquiera que sea la denominación que conforme la legislación aplicable se otorgue a los integrantes de la misma, quien deberá contar con facultades para representar a la persona moral ante toda clase de actos administrativos, en lugar del poder general para actos de dominio o administración, (copia certificada).
l) Sociedades Financieras de Objeto Múltiple.
Contar con el folio vigente en el trámite de inscripción asignado por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, CONDUSEF, dentro del portal del registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES).
m) Fondo de Inversión.
Contar con el acta suscrita por el fundador aprobada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en la que dé fe de la existencia del fondo de inversión.
Condiciones
- Responder las preguntas que le realice la autoridad, relacionadas con la identidad, domicilio y en general sobre la situación fiscal de la persona moral a inscribir.
- En caso de preinscripción, llenar el formulario electrónico de inscripción que se encuentra en el Portal del SAT, proporcionando los datos solicitados.
Información adicional
- Las asociaciones en participación que se inscriban en el RFC con el nombre del asociante, deberán citar además en su denominación, las siglas “A en P”.
- En inscripción de fideicomisos, la denominación o razón social, deberá contener el número del fideicomiso como aparece en el contrato que le da origen.
- Para la inscripción de Fondos de Inversión, se aceptará como el documento constitutivo protocolizado el acta constitutiva y estatutos sociales aprobados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. No será necesario hacer constar dichos documentos ante notario o corredor público ni ante el Registro Público de Comercio.
Pasos para realizar el trámite En el Portal del SAT:
- Ingresa a la sección Trámites y de la barra superior elige la opción RFC.
- Del apartado Preinscripción, selecciona la opción personas morales.
- Llena los datos solicitados por el formulario electrónico “Inscripción al RFC”.
- Envía tú trámite al SAT e imprime la hoja previa con el número de folio asignado a tu trámite.
- Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
- Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
- Recibe tu Solicitud y acuse de Inscripción al RFC, así como los productos derivados del trámite.
Atención presencial:
- Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
- Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
- Recibe tu Solicitud y acuse de Inscripción al RFC, así como los productos derivados del trámite.
Disposiciones jurídicas aplicables Artículos 27 del Código Fiscal de la Federación; 22, 23, 24, 25, 28 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; reglas 2.4.5., 2.4.15., 2.4.16., 3.20.6., 3.21.6.1., de la Resolución Miscelánea Fiscal. : Servicio de Administración Tributaria
¿Qué es una persona física y moral en contabilidad?
La importancia de llevar la contabilidad en personas físicas Desde tiempos inmemoriales, el hombre ha tenido la necesidad fundamental de mantener el control sobre sus transacciones comerciales realizadas, dando origen a la contabilidad, algunos de cuyos métodos continúan vigentes en la actualidad.
- En nuestros días, la contabilidad se constituye como la columna vertebral de las finanzas.
- En palabras simples, es la guía para la toma de decisiones presentes y futuras ; si no existiera un control preciso sobre las operaciones comerciales y las finanzas realizadas, una persona o negocio no tendría forma de optimizar y planificar sus recursos, ganancias, ingresos, egresos, etc.
Nos permite determinar, organizar y preparar nuestros estados contables, de manera clara y sencilla, en un periodo de tiempo predefinido. El entorno laboral, en constante evolución, ha propiciado que cada vez más personas trabajen por su cuentaus servicios profesionales de manera independiente.
- Dichas personas también tienen obligaciones ante el SAT, como la Contabilidad Electrónica, misma que deberán cumplir en tiempo y forma.
- Para fines fiscales, lo primero es definir si un contribuyente realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral,
- En cada caso tendrá requisitos y un trato fiscal distinto.
La diferencia más importante entre Personas Físicas y Personas Morales es que las primeras representan a todo contribuyente con alguna actividad económica, mientras que las segundas se refieren a individuos que se unen para crear una misma unidad contribuyente.
¿Qué son las personas físicas y morales en derecho?
Diferencia entre persona física y persona moral La persona física es todo ser humano que existe y se manifiesta, mientras que la persona moral es una entidad jurídica con representación legal. Según esto, las personas físicas pueden unirse para crear una persona moral cuando tienen un objetivo en común.
Un ejemplo de esto son las asociaciones profesionales, donde diferentes individuos se congregan y deciden presentarse jurídicamente para lograr determinadas reivindicaciones del gremio en el marco de la ley. El papel legal que tienen las personas morales va a cambiar dependiendo de la legislación del país donde se encuentren, igual sucede con los deberes y derechos de las personas físicas.
La principal diferencia entre ellas es que el ser humano desde que nace se reconoce como una persona física, mientras la persona moral comienza a existir cuando los seres humanos deciden crearla, atendiendo a los requerimientos jurídicos de cada país.
Persona física | Persona moral | |
---|---|---|
Definición | Cualquier persona, desde el momento de su nacimiento hasta su muerte. Tiene derechos y obligaciones. | Una entidad jurídica con reconocimiento legal. Tiene derechos y obligaciones. |
Cuándo se reconocen | Desde que nacen. | Desde que son creadas. |
Características |
Se identifican por su nombre. Son tangibles. Sus derechos comienzan con su nacimiento. Sus obligaciones comienzan con la mayoría de edad. Pueden tener más de una nacionalidad. Tienen estado civil. |
Se identifican por su razón social. Son intangibles. Sus derechos comienzan en cuanto son creadas. Sus obligaciones comienzan en cuanto son creadas. Solo pueden tener una nacionalidad. Carecen de estado civil. |
Ejemplos |
Un niño. Un estudiante. Un profesional asalariado. Un emprendedor. |
Una sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L). Una ONG. Un sindicato. Una asociación civil. |
¿Qué es una persona física ejemplos?
¿Qué es una persona física 5 ejemplos? Una persona física se refiere a un individuo que tiene la capacidad de ejercer derechos y contraer obligaciones, además de poder poseer bienes y llevar a cabo actividades comerciales de forma independiente. Todos los seres humanos son personas físicas desde su nacimiento y pueden ser identificados mediante su nombre, fecha de nacimiento y en algunos casos, número de identificación personal,
Un ejemplo de una persona física es un trabajador independiente que ofrece sus servicios de forma autónoma, tales como un abogado, un diseñador gráfico o un consultor de negocios. También podría tratarse de un dueño de pequeño negocio, como una tienda de abarrotes, una panadería o un taller mecánico.
Otro ejemplo común de persona física es un empleado de una empresa, que aunque trabaje para una organización más grande, todavía es un individuo con capacidad de derechos y obligaciones. Es posible que este tipo de personas sean contratistas independientes que trabajan a través de una agencia de empleo temporal.
- Las personas físicas también incluyen a los estudiantes, quienes generalmente no son considerados como comerciantes o empresarios, pero aún así tienen la capacidad de ejercer derechos y contraer obligaciones.
- Los estudiantes universitarios, por ejemplo, pueden tomar préstamos estudiantiles para financiar su educación, o incluso pueden formar parte de una organización estudiantil.
Por último, cualquier persona que realiza actividades en línea, como la venta de bienes y servicios a través de una tienda virtual, también es considerada una persona física, Aunque la mayoría de estas actividades no requieren una presencia física, todavía es importante identificar a estos individuos.
Una persona física es cualquier individuo que posea una personalidad jurídica y capacidad de ejercer sus derechos y obligaciones civiles. Esto significa que, en términos legales, las personas físicas son individuos que pueden ser reconocidos como ciudadanos y tener una presencia legal en el mundo. Un ejemplo de persona física es un empleado que recibe un salario regularmente por sus servicios.
Personas Morales Derechos y Obligaciones | Vigilancia Profunda SAT y Denuncia al Contribuyente
Otra ejemplo sería un propietario de una pequeña tienda que realiza ventas y compra de mercancía para su negocio. Otro ejemplo de persona física es un artista independiente que trabaja por su cuenta y cobra honorarios por sus servicios artísticos. Asimismo, una persona que se dedica a la agricultura y tiene su propia parcela es también considerada una persona física.
¿Qué es una persona física y moral y sus características?
Las personas físicas se identifican por su nombre, mientras que las personas morales lo hacen por su razón social. Una persona moral no tiene cuerpo material que se pueda tocar, en cambio, las personas físicas, al ser individuos, sí se pueden percibir en un cuerpo que se puede tocar.